Extinción de condominio · Hipoteca al 100% · Madrid · D684

Quieres quedarte
con el 100% de la casa.
Tu banco dice que no.
Nosotros encontramos
uno que sí.

En la extinción de condominio necesitas financiar la hipoteca pendiente más la compensación económica al copropietario que sale. El banco actual suele poner trabas. En Hispanoteca conseguimos el 100% de la financiación necesaria en entidades que sí aceptan estas operaciones en Madrid.

Estudiar mi caso
El problema

Por qué el banco actualcasi siempre dice que no.

El banco no quiere perder un segundo titular

El banco actual no está obligado a liberar al copropietario que sale — significa asumir más riesgo con un solo titular. La mayoría pone trabas sistemáticas: exigen avalistas innecesarios o directamente rechazan aunque el que se queda pueda asumir la cuota sin problema.

Hay que financiar más que la hipoteca pendiente

Además de cancelar la hipoteca existente, tienes que pagar la compensación económica al copropietario que sale. En viviendas de 400.000€+ en Madrid, eso puede suponer 80.000-120.000€ adicionales.

Muchos clientes se resignan pensando que es imposible

El banco dice que no y la conclusión errónea es que no se puede hacer la extinción de condominio. En realidad lo que ocurre es que su banco no quiere. La solución casi siempre existe: cambiar de entidad.

Nuestra propuesta de valor

Cancelamos la hipoteca actual.
Pagamos la compensación.
Una sola hipoteca,
solo a tu nombre.

En Hispanoteca estructuramos la operación para que un nuevo banco te preste el 100% de lo que necesitas: la cantidad para cancelar la hipoteca actual más la compensación económica al copropietario que sale.

La extinción de condominio tributa solo por AJD (0,5-1,5% en Madrid), no por ITP como una compraventa normal. Un ahorro fiscal muy significativo en viviendas de alto precio.

01
Calculamos la financiación necesaria
Hipoteca pendiente + compensación al copropietario + gastos. Sin sorpresas.
02
Accedemos a entidades que sí aceptan
No volvemos a intentarlo con tu banco actual. Buscamos quien diga sí.
03
Una sola hipoteca, solo a tu nombre
El copropietario queda completamente desvinculado del préstamo y del inmueble.
AJD
en lugar de ITP. La extinción de condominio tributa solo por Actos Jurídicos Documentados (0,5-1,5% en Madrid), no por el ITP del 6% de una compraventa. En una vivienda de 500.000€, un ahorro de hasta 22.500€ en impuestos.
Preguntas frecuentes

¿Qué es exactamente la extinción de condominio?

Es la operación jurídica mediante la cual uno de los copropietarios de una vivienda se queda con el 100% del inmueble y compensa económicamente al otro. Es la fórmula más habitual tras un divorcio, una ruptura de pareja de hecho o en herencias entre hermanos.

¿Cuánto hay que pagar al copropietario que sale?

La compensación es el valor de mercado actual de la parte que cede menos la mitad de la deuda hipotecaria pendiente. En una vivienda de 500.000€ con hipoteca pendiente de 200.000€, el que se queda pagaría 150.000€ al que sale y asumiría los 200.000€ de hipoteca completos.

¿Por qué es mejor hacerlo con una nueva hipoteca en otra entidad?

Porque el banco actual raramente acepta liberar a uno de los titulares y ampliar el capital para pagar la compensación. Al cambiar de entidad, el nuevo banco financia el total, el copropietario queda desvinculado definitivamente y puedes conseguir mejores condiciones.

¿Qué impuestos paga la extinción de condominio?

Solo el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD), que en Madrid está en torno al 1,5% del valor de la parte adjudicada. Esto es muy inferior al ITP del 6% de una compraventa ordinaria. No se paga plusvalía municipal ni se declara ganancia patrimonial en el IRPF.

¿Cuánto tarda el proceso?

El estudio de viabilidad de la financiación lo tenemos en 48 horas. Una vez confirmada, la operación completa suele completarse en 4-8 semanas dependiendo del acuerdo entre las partes y la entidad bancaria elegida.

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